miércoles, 11 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #53

NFPA 30, Código de Líquidos Inflamables y Combustibles 

Las definiciones de “líquido inflamable” y "líquido combustible” incluidas en el código NFPA 30 difieren de las utilizadas por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos. ¿Por qué?
En la Sección 1.7 del NFPA 30 se hace referencia a la definición y clasificación de los líquidos inflamables y combustibles. Un líquido inflamable se define como un líquido cuyo punto de inflamación momentánea no excede de 100ºF, al ser sometido a prueba mediante métodos de copa cerrada, mientras que un líquido combustible es aquél cuyo punto de inflamación momentánea es de 100ºF o superior, también al ser sometido a prueba mediante métodos de copa cerrada. Estos dos grandes grupos se sub-clasifican, a su vez, en las siguientes clases:
  • Clase IA – Punto de inflamación momentánea inferior a 73ºF; punto de ebullición inferior a 100ºF.
  • Clase IB – Punto de inflamación momentánea inferior a 73ºF; punto de ebullición igual o superior a 100ºF.
  • Clase IC – Punto de inflamación momentánea igual o superior a 73ºF, aunque inferior a 100ºF.
  • Clase II – Punto de inflamación momentánea igual o superior a 100ºF, aunque inferior a 140ºF.
  • Clase IIIA – Punto de inflamación momentánea igual o superior a 140ºF, aunque inferior a 200ºF.
  • Clase IIIB - Punto de inflamación momentánea igual o superior a 200ºF.

Nótese que el punto de ebullición sólo se aplica para distinguir entre líquidos de Clase IA y Clase IB. Los líquidos de Clase IA son extremadamente volátiles, aunque son pocos los líquidos a los que se les asigna dicha clase. Asimismo, debe tomarse en cuenta que, teóricamente, no existe un límite superior para la Clase IIIB.

Dichas definiciones y clasificaciones fueron convenidas años atrás por la NFPA, por el Departamento de Transporte (DOT) y por la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) de los Estados Unidos, con la intención de eliminar las discrepancias de las definiciones que se aplicaban en ese momento. Desde entonces, el Departamento de Transporte ha modificado su definición de “líquido inflamable”, elevando el límite superior a 141ºF (60,5ºC). Se efectuó dicha modificación debido a que los Estados Unidos forman parte del conjunto de reglamentaciones mundiales sobre materiales peligrosos avaladas por las Naciones Unidas y deben aplicar las definiciones de este organismo, al menos en el transporte internacional. Nótese, sin embargo, que las reglamentaciones del DOT incluyen una excepción considerada de carácter "interno" que permite a un transportista redesignar como combustible líquido a cualquier líquido cuyo punto de inflamación momentánea se encuentre dentro del rango de la Clase II de la NFPA y que no cumpla con ninguna otra de las definiciones de materiales peligrosos.

¿Cuáles son los ejemplos más comunes de los diversos líquidos inflamables y combustibles clasificados por la NFPA?

  • Clase IA – Dietil éter, óxido de etileno, algunos combustibles crudos livianos
  • Clase IB – Gasolinas para motores y de aviación, tolueno, lacas, diluyente para lacas 
  • Clase IC – Xileno, algunas pinturas, algunos cementos en base a solvente
  • Clase II – Combustible diesel, diluyente para pinturas 
  • Clase IIIA – Combustible para calefacción doméstica
  • Clase IIIB – Aceites de cocina, aceites lubricantes, aceite para motores

¿Hay algún límite inferior para la aplicación del Capítulo 2, Almacenamiento en tanques?
Hasta la edición 1993, la respuesta era "no". Ese año se incorporó una nueva definición de tanque de almacenamiento, que estableció una capacidad de 60 galones como cantidad mínima para que un recipiente fuera considerado como tanque de almacenamiento. Ello, en efecto, establece un límite inferior para la aplicabilidad del Capítulo 2 del NFPA 30.

En las Tablas 2.3.2.1.1 (a) y (b) y las Tablas 2.3.2.1.2 a 2.3.2.1.5 (Tablas 2-1 a 2-6 de las ediciones anteriores) se imponen distancias de separación entre la cubierta del tanque y “el edificio importante más cercano de la misma propiedad”. ¿Cuándo se considera que un edificio es lo suficientemente importante como para imponer dichas distancias de separación?
El NFPA 30 define "edificio importante" como "un edificio que no se considera prescindible en un incendio de exposición". Como ejemplos se incluyen, aunque no de manera limitada, los edificios ocupados, los edificios de control o los edificios que incluyan contenidos de alto valor o equipamientos o suministros críticos”. Obviamente, debe aplicarse cierto criterio para determinar si un edificio es lo suficientemente importante como para garantizar que cumpla con las distancias de separación. La pregunta clave es: “¿Se puede realmente afrontar la pérdida de este edificio o de las personas o contenidos que están en el edificio por causa de un incendio en el tanque?" Recuerde, los contenidos de un edificio que no está normalmente ocupado podrían ser equipamientos de control críticos para una operación segura.

Algunos envases de seguridad poseen un filtro de malla de alambre en sus picos vertedores que actúan como una barrera contra las llamas; otros no. ¿Son obligatorios dichos filtros?
Los filtros no son exigidos por el código NFPA 30. Sin embargo, algunos organismos de certificación externos requieren que los envases dispongan de dichos filtros para obtener su listado o aprobación.

Algunos gabinetes para almacenamiento de líquidos inflamables cuentan con un tornillo de puesta a tierra. ¿Es obligatorio que el gabinete disponga de una conexión eléctrica a tierra?
El código NFPA 30 no requiere que el gabinete mismo esté conectado a tierra. Muchos fabricantes proveen un tornillo de puesta a tierra en sus gabinetes para la conveniencia de los usuarios. El usuario puede conectar dicho tornillo a la puesta a tierra de un edificio y utilizar el punto de la conexión a tierra sobre el que se encuentra montado el gabinete según fuera necesario para conectar a tierra los recipientes individuales desde los que se suministran los líquidos.

¿Es obligatorio que los gabinetes para almacenamiento de líquidos inflamables cuenten con ventilación de escape?
El NFPA 30 no requiere que los gabinetes para almacenamiento cuenten con un sistema de ventilación de escape, aunque la mayoría de los gabinetes disponen de accesorios de taponamiento que pueden utilizarse para tal fin. La ventilación de escape sólo debería ser provista cuando los materiales del interior del gabinete lo requieran, por ejemplo, para materiales particularmente tóxicos o nocivos. En los casos en que se disponga de ventilación, deberá cumplirse con lo establecido en las instrucciones del fabricante. Generalmente, ello incluirá un conducto de acero de diámetro pequeño o una tubería que conduzca directamente, y por la vía más corta, hacia el exterior del edificio. El escape debe ser generado desde la parte inferior del gabinete.

¿De qué modo el código NFPA 30 hace referencia a áreas para almacenamiento en el interior de contenedores?
El Capítulo 4 del NFPA 30 describe cuatro tipos de áreas interiores para almacenamiento de líquidos: salas interiores, que no posean muros exteriores; salas aisladas, con uno o dos muros exteriores; edificaciones unidas, que compartan sólo un muro con otra estructura; y depósitos para líquidos, que sean edificios totalmente independientes o que estén separados de áreas adyacentes por una construcción con una resistencia al fuego de 4 horas.

Las salas interiores deberán tener una superficie no superior a 150 pies cuadrados, cuando su construcción tuviera una resistencia al fuego de 1 hora. Si la construcción tuviera una resistencia al fuego de 2 horas, su superficie puede llegar a 500 pies cuadrados.

La superficie de salas aisladas o edificaciones unidas no deberá ser superior a 300 pies cuadrados, cuando la construcción tuviera una resistencia al fuego de 1 hora, aunque pueden ser de cualquier otra medida, si la resistencia al fuego de la construcción fuera de 2 horas. Sin embargo, el NFPA 30 establece un límite máximo en la cantidad total de líquido que puede ser almacenada en una sala aislada o en una edificación unida, según se describe en la Tabla 4-4.4.1, cuando no se dispusiera de un sistema de protección contra incendios o cuando dicho sistema no cumpliera con los criterios exigidos en la Sección 4-8 del NFPA 30.

¿Pueden almacenarse líquidos inflamables o combustibles en un “depósito para fines generales”, es decir, no construido de acuerdo con lo establecido en el Capítulo 4 del código NFPA 30?
Sí, aunque el depósito deberá estar protegido según se establece en la NFPA 13 para el almacenamiento hasta una altura de 20 pies de mercancías de Clase IV. Además, se aplican estrictas restricciones respecto del tamaño máximo de los contenedores, de la altura máxima de almacenamiento y de la cantidad máxima total que puede ser almacenada. Todo ello está contemplado en la Sección 4-5.2 del NFPA 30.

¿Rige el código NFPA 30 para el almacenamiento de líquidos en laboratorios?
No para el área de trabajo abierta del laboratorio. La cantidad de líquido permitida en el área de trabajo de un laboratorio está regulada por la NFPA 45, Norma sobre protección contra incendios para químicos de uso en laboratorios. Sin embargo, el NFPA 30, sí contempla una sala interior para almacenamiento de una ocupación de laboratorio, aunque esta deberá estar separada de las áreas de edificios adyacentes por una construcción con una resistencia al fuego de 2 horas.


martes, 10 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #52

SISTEMAS DE DETECCIÓN DE INCENDIOS
Por Jaime A. Moncada

Indudablemente, el sector más desarrollado de la industria de la seguridad contra incendios en Latinoamérica, es el que tiene que ver con sistemas de detección y alarma. Cada mercado, no importa en qué país y no importa qué tan pequeño, incluye una o varias compañías que venden e instalan sistemas de detección y alarma. En muchas ciudades, hay compañías de clase mundial que instalan sistemas complejos, exclusivamente con equipos listados por UL, siguiendo las recomendaciones de NFPA 72 —el código de sistemas de alarma y detección— y apoyadas por un equipo de profesionales calificados y responsables. Desafortunadamente, existen también compañías que instalan sistemas eléctricos, o lo que se está volviendo más común con el pasar del tiempo, compañías que instalan sistemas de seguridad electrónica, que han “encontrado” este mercado “en el camino”, sin haber invertido en entrenamiento o sofisticación técnica, instalando equipos de dudosa procedencia y sin rigurosidad normativa. ¡Compradores, están ustedes advertidos, lo barato sale caro, especialmente en sistemas de alarma y detección!

Sin embargo, lo que más me sorprende sobre este mercado es que, aun cuando existe bastante conocimiento de la normativa de instalación (el “cómo”), no hay un conocimiento adecuado de los códigos de prevención de incendios o seguridad humana, que son los que definen “dónde” instalar o no un sistema de detección y alarma. Por ejemplo, cuando estoy revisando el proyecto contra incendios de un edifico y hago el comentario que la “NFPA no requiere sistemas de detección en edificios de altura con oficinas”, me miran con cara incrédula y asumen que me volví loco. Como anécdota, he diseñado edificios de este tipo, cumpliendo al pie de la letra la normativa NFPA, y he regresado años después al edificio y he encontrado que le han adicionado los detectores de humo, “porque el proyecto de incendios quedo incompleto”, de acuerdo a los encargados de la seguridad del edificio.

Mi posición siempre ha sido muy clara en que mi responsabilidad como ingeniero de protección contra incendios es especificar lo mínimo necesario para cumplir la normativa NFPA. Yo no tengo, en la mayoría de los casos, suficiente conocimiento y experiencia para concluir que lo requerido por la NFPA no es suficiente. Por consiguiente, para facilitar la revisión de sistemas de detección y alarma por parte de nuestros lectores, incluyo un resumen acerca de “dónde” se requieren sistemas de alarma y detección, para los usos más comunes en nuestras ciudades:

Edificios de Oficinas: Un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación en todo el edificio) es requerido cuando el edificio tiene tres o más pisos, o una ocupación de 50 o más ocupantes en sótanos, o 300 o más ocupantes en todo el edificio (NFPA 101, Art 38.3.4). Cuando el edificio tiene 23 m o más de altura, se requiere un sistema de notificación por voceo (emergency voice/alarm communication system) y un sistema de comunicación de dos vías para emergencias (two-way telephone communication service) (NFPA 101, Art. 11.8.4). NFPA no requiere sistemas de detección de humos, excepto en los elevadores (ver nota más abajo).

Edificios de Asamblea: Un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación audible y visible en todo el edificio) es requerido cuando el edificio tiene una ocupación de 300 o más ocupantes o en cualquier teatro (NFPA 101, Art 12.3.4). Cuando el edificio tiene 23 m o más de altura, se requiere un sistema de notificación por voceo (emergency voice/alarm communication system) y un sistema de comunicación de dos vías para emergencias (two-way telephone communication service) (NFPA 101, Art. 11.8.4). NFPA no requiere sistemas de detección de humos, excepto en los elevadores (ver nota más abajo).

Hoteles: Un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación audible y visible en todo el edificio) es requerido en todos los hoteles (NFPA 101, 28.3.4.1). Adicionalmente, alarmas de humo de estación única (single-station smoke alarms), conectados directamente a una fuente eléctrica, son requeridos en cada habitación (NFPA 101, Art. 9.6.2.10 y 28.3.4.5). Debo recalcar que estos detectores no tienen que estar conectados al panel de alarma. Detectores de humo son requeridos en los corredores de los pisos de habitaciones, excepto en edificios que están protegidos con rociadores, donde no se requiere estos detectores de humo (NFPA 101, Art. 28.3.4.4). Cuando el edificio tiene 23 m o más de altura, se requiere un sistema de notificación por voceo (emergency voice/alarm communication system) y un sistema de comunicación de dos vías para emergencias (two-way telephone communication service) (NFPA 101, Art. 11.8.4). Genéricamente, NFPA no requeriría sistemas de detección de humos en este tipo de edificios, excepto en los elevadores (ver nota más abajo) y las habitaciones, al existir un requerimiento de protección con rociadores automáticos para la mayoría de los hoteles.

Apartamentos: Un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación en todo el edificio) es requerido en edificios de apartamentos con más de tres pisos u 11 unidades (NFPA 101, 30.4.1.1). Adicionalmente, alarmas de humo de estación única (single-station smoke alarms) conectados directamente a una fuente eléctrica (ya no se permiten detectores de humo locales operados por baterías) son requeridos en cada habitación, en el corredor que conecta las habitaciones y en cada nivel de la residencia (NFPA 101, Art. 9.6.2. y 30.3.4.5). Debo recalcar que estos detectores no tienen que estar conectados al panel de alarma. Cuando el edificio tiene 23 m o más de altura, se requiere un sistema de notificación por voceo (emergency voice/alarm communication system) y un sistema de comunicación de dos vías para emergencias (two-way telephone communication service) (NFPA 101, Art. 11.8.4). Genéricamente, NFPA requeriría detección local de humos en las habitaciones y detección de humos conectado al panel de alarma en lobbies de elevadores (ver nota más abajo).

Edificios Mercantiles: Los centros comerciales, las tiendas de más de 3 pisos o 2.800 m², y los hipermercados (bulk merchandizing retail) de más de 1,115 m² deben ser protegidos por un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación audible y visible en todo el edificio) (NFPA 101, Art 36.3.4.1, 36.4.4.4, 36.4.5.4). NFPA no requiere sistemas de detección de humos, excepto en los elevadores (ver nota más abajo).

Residencias: Alarmas de humo de estación única (single-station smoke alarms) conectados directamente a una fuente eléctrica (ya no se permiten detectores de humo locales operados por baterías) son requeridos en cada habitación, en el corredor que conecta las habitaciones y en cada nivel de la residencia (NFPA 101, Art. 9.6.2. y 24.3.4).

Bodegas de Almacenamiento: Bodegas de más de 9.300 m² deben ser protegidas por un sistema de alarma manual (pulsadores y notificación en todo el edificio) (NFPA 101, Art 42.3.4.1.2), excepto si están protegidos con rociadores automáticos. NFPA no requiere sistemas de detección de humo.

Notas Importantes:
Elevadores: NFPA 101, Art. 9.4.3 y por referencia ASME A17.3 requiere detectores de humo en el lobby de cada elevador y en su casa de máquinas, en virtualmente todos los elevadores automáticos.

Atrios: Atrios que requieran sistemas de control de humo, pueden requerir sistemas de detección de humo como el método de activación de este sistema (NFPA 101, Art. 9.3.4).

Sistemas de Calefacción, Ventilación y Aire Acondicionado: Detección de humo en ductos (Duct smoke detection) puede ser requerido dependiendo del tamaño del sistema de ventilación (NFPA 101, Art. 9.2.1).

Los requerimientos anteriores aplican para edificios nuevos y esta enumeración sólo constituye un resumen simple de los requerimientos de la NFPA 1, Código de Seguridad contra Incendios, y NFPA 101, Código de Seguridad Humana. A los lectores de este artículo les debe quedar claro que lo que está aquí resumido no son mis opiniones personales, sino más bien lo que NFPA ha definido como una protección aceptable, luego de su proceso de consenso normativo y experiencia. Para cada caso, estas normas y otras de la NFPA deben ser analizadas cabalmente—ojala, a través de los servicios de un ingeniero de protección contra incendios con experiencia en la evaluación normativa de edificios. Por otro lado, debo mencionar que la seguridad contra incendios de un edificio incluye también sistemas de supresión de incendios, protecciones pasivas y sistemas de evacuación adecuados, entre otros. Debe quedar muy claro que en muchos de estos usos, NFPA puede requerir rociadores automáticos como el principal método de detección de incendios.



Jaime A. Moncada, PE, es director de Internacional Fire Safety Consulting (IFSC), una firma consultora en ingeniería de protección contra incendios con sede en Washington, DC y con oficinas en Latinoamérica.


lunes, 9 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #51

Cómo puedo saber si las alarmas contra incendios que utilizó son confiables

Las alarmas contra incendio son importantes para empezar con el proceso de detección de este tipo de incidentes. Existen alarmas de detección manual. Sin embargo existen dispositivos que pueden ser la causa de falsas alarmas, lo cual hace que sea importante contar con sistemas de detección de incendios confiable.

Actualmente existen 2 tipos de alarmas contra incendio. Podemos denominarlas como alarmas manuales y alarmas automáticas.

Paneles manuales de alarmas contra incendio

Inicialmente las alarmas contra incendios básicas fueron denominadas estaciones manuales. Estas comenzaron a ser utilizadas en las calles a mediados de 1800 y hasta la fecha se siguen utilizando en algunos lugares, principalmente en Nueva Inglaterra. La tecnología que se emplea en las alarmas contra incendio tipo manual no ha cambiado desde entonces.

A continuación enlistaremos las alarmas contra incendio automáticas más utilizadas:


Detectores de calor: Los detectores de calor son los sistemas de detección de incendios más baratos, su principal desventaja es que son los más lentos para reaccionar ante un incendio.

Detectores de humo: Este es el tipo de detección automática de incendio más común. Los códigos de seguridad contra incendios señalan que en edificios es necesario contar con este tipo de sistema. NFPA 72 señala como instalarlos y como probarlos.

Detectores de humo para ductos: Estos son utilizados como sistemas de prevención cuando se propaga humo de la zona en donde se está presentando el incendio hacia otras partes del edificio. También pueden ser utilizados para ayudar a proteger el equipo de ventilación al apagar el sistema si el ventilador o el filtro comienzan a quemarse.

Detectores de fuego de energía radiante: Hay dos tipos de detectores de energía radiante, los detectores de llama y los detectores de chispa. Ambos son utilizados para activar un sistema de supresión en entornos explosivos. De todos los sistemas de detección de incendios automáticos son los más rápidos. La información de instalación y pruebas se puede encontrar en NFPA 72.

El conocer sobre alarmas contra incendio incrementa la posibilidad de ejecutar correctamente los sistemas de detección de incendios, ingrese al sitio web http://nfpajla.org/ para obtener más información.



viernes, 6 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #50

Más allá de la eficacia probada
Por Kathleen Almand, PE, FSFPE

Problemas emergentes que exigen un enfoque “innovador” para la investigación

Cuando me uní por primera vez a la Fundación para Investigaciones de Protección contra Incendios en el 2004, uno de los papeles más importantes que pensaba que podíamos tener en el apoyo de los códigos y normas de la NFPA era el de facilitadores de tecnología. Esto es, que podíamos mostrarles la dirección a los creadores de tecnología de seguridad humana y contra incendios que los ayudaría a aprender el marco de nuestros códigos y normas y asistirlos con datos que necesitarían para la integración de sus productos en el mercado de seguridad con incendios. Me parecía un proyecto de representación gráfica simple: aquí están las disposiciones de las normas que afectan la tecnología, y aquí están los datos que se necesitan para determinar si se cumplen y cómo se cumplen dichos requisitos o sus equivalentes.

Pero el modelo no funciona para todo. Estamos enfrentando cada vez más problemas que exigen un enfoque “innovador” para la investigación, un enfoque que pueda desafiar de forma creativa y constructiva algunas presunciones fundamentales detrás de nuestros códigos y normas.

Esto se me presentó nuevamente en la Conferencia de Aplicaciones e Investigación de Supresión, Detección y Señalización, o SUPDET, de la Fundación, llevada a cabo recientemente en Orlando. La conferencia incluyó una sesión de talleres para intentar definir mejor el término “equivalencia” en el contexto de alternativas de agua nebulizada para sistemas de rociadores. Si bien el agua nebulizada no es una tecnología nueva y se ha utilizado con éxito en muchas aplicaciones especializadas, los comités técnicos de rociadores de la NFPA han rechazado la idea de que los sistemas de agua nebulizada son equivalentes o incluso una alternativa a los sistemas de rociadores. Para la mayoría de los miembros de esos comités, sería un salto considerable pensar que 100 años de investigación y experiencia en campo con rociadores se traduciría fácilmente al agua nebulizada, incluso con datos de prueba para demostrar un desempeño equivalente en ciertos escenarios.

En nuestro taller comenzamos con una pregunta básica sobre los objetivos de desempeño de la norma relevante, NFPA 13, Norma para la instalación de sistemas de rociadores: ¿El objetivo es la supresión, el control del fuego, o ambos? Analizamos presunciones de desempeño implícitas que habían sido parte del desarrollo de la NFPA 13, desde su primera presentación en 1896. ¿Qué ocurre con las obstrucciones? ¿Con los espacios combustibles ocultos? ¿Cuál es la influencia del cerramiento sobre el desempeño? ¿Qué ocurre con el desempeño con el correr del tiempo? Los temas presentaban una amplia variación, y nuestro análisis se llevó a cabo en la etapa temprana de una definición de desempeño equivalente; una combinación de cuestiones de desempeño más amplias y específicas del escenario, así como una comprensión de cómo un sistema de supresión de incendios encaja en el cuadro general del diseño de seguridad contra incendios en edificios. El análisis también presentó las bases de un enfoque de investigación “innovadora” que la comunidad de agua nebulizada podría utilizar para encontrar el lugar correcto para esta tecnología en aplicaciones de seguridad contra incendios y códigos y normas de la NFPA.

Este tipo de proceso puede proporcionar otros resultados valiosos también. Los intentos de articular por completo los objetivos y metas de desempeño de nuestras normas pueden llevarnos a una comprensión más profunda de las presunciones implícitas contenidas en dichas normas e incluso ayudarnos a desafiar algunas de dichas presunciones. La Fundación cuenta con unos pocos proyectos en tuberías, incluyendo uno sobre los desafíos de la seguridad contra incendios de edificios con armazón de madera de gran altura, en los que divisar estrategias de investigación que cumplan con los objetivos de desempeño requeriría una mirada cercana a algunas de aquellas presunciones fundamentales del código. Esto es una evolución, más que una revolución, sobre el modo en que enfocamos la investigación en la Fundación, y es verdaderamente un modelo nuevo y excitante que ayudará a las tecnologías emergentes a encontrar su lugar en las normas de la NFPA.


jueves, 5 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #49

TRABAJO CONJUNTO
Por Guy R. Colonna, P.E.

¿Pueden los lineamientos sobre etiquetado de riesgo en NFPA 704 coexistir con las nuevas disposiciones “armonizadas globalmente” adoptadas por OSHA?

Durante décadas, NFPA 704, Identificación del riesgo de los materiales para la respuesta de emergencia, ha brindado los lineamientos para el etiquetado de diferentes riesgos físicos y químicos con información sobre su inflamabilidad, inestabilidad y posible impacto sobre la salud de personas que toman contacto con ellos. Las etiquetas, que utilizan una combinación de códigos en color y escalas numéricas para describir la severidad del riesgo pueden aparecer en edificios, contenedores de barcos, tambores de 55 galones, tanques de almacenamiento por sobre el nivel del terreno y en otros lugares más. Se las reconoce de inmediato y son fácilmente comprendidas, y están diseñadas para ayudar a determinar una respuesta adecuada en el caso de un incendio, derrame o emergencia similar. El etiquetado de NFPA 704 se utiliza ampliamente en una serie de industrias y la Administración de Seguridad y Salud ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés) ha permitido su uso para los sistemas de etiquetado en plantas.

Pero un movimiento reciente de OSHA introdujo la posibilidad de confusión sobre los lineamientos de etiquetado de las normas. El año pasado, OSHA actualizó su Norma sobre comunicaciones de riesgo (HCS, o HazCom 2012, por sus siglas en inglés) para la industria en general, y éstas deben cumplirse en todos los lugares de trabajo. La actualización incluyó la adopción del Sistema Globalmente Armonizado (GHS por sus siglas en inglés) de clasificación y etiquetado de productos químicos dentro de los nuevos requisitos de la HCS aplicables a los trabajadores y a los lugares de trabajo en los Estados Unidos. El GHS es un emprendimiento internacional que, al igual que NFPA 704, brinda un enfoque estandarizado para la clasificación y etiquetado de productos químicos peligrosos, incluidos criterios detallados para determinar los peligros planteados por productos químicos y elementos de etiquetas normalizados asignados por la clase y categoría del riesgo. Pero los lineamientos del GHS incorporadas a la HCS difieren en un modo fundamental del sistema de identificación y clasificación del riesgo en NFPA 704, incluido el modo de organizar la escala de clasificación numérica. OSHA ha permitido que el sistema de NFPA 704 permanezca en lugares de trabajo siempre y cuando los empleados estén capacitados sobre la manera de comprender y utilizar ambos sistemas, pero se han planteado inquietudes sobre la posibilidad de una confusión entre ambos.

La NFPA y OSHA están ahora trabajando para resolver posibles problemas al desarrollar una hoja de datos que resalta los fines y diferencias de cada sistema. Las organizaciones están también trabajando de forma conjunta para promover la concientización de la capacidad de aplicación de cada sistema de modo que los empleadores y trabajadores puedan estar capacitados en la manera de cumplir efectivamente con ambos.

Reconocimiento de los riesgos
Los objetivos del sistema de etiquetado de NFPA 704 incluyen brindar una señal o alerta adecuada, asistencia en la planificación para las operaciones efectivas de control de incendios y emergencias, y asistencia del personal en la evaluación de los riesgos. Además de los contenedores de etiquetado y las diferentes ocupaciones en las que se almacenan, manejan o utilizan los materiales peligrosos, los códigos de incendio o de la construcción aplicables utilizan la clasificación de riesgo de NFPA 704 para obtener medidas de protección adicionales, tales como ventilación para materiales que plantean un peligro para la salud.

La norma quedó chica con el trabajo que comenzó en la década del 50, cuando el Comité Seccional sobre Clasificación, Etiquetado y Propiedades de Líquidos Inflamables de la NFPA determinó que la clasificación de los líquidos inflamables no había sido normalizada. El comité manifestó su interés en una visión más amplia de caracterizar los riesgos de incendio para todos los materiales y presentó un plan para abordar esta cuestión en su informe de la Reunión Anual de la NFPA en 1956. El plan describió un sistema de clasificación de riesgo formado por tres categorías: inflamabilidad, estabilidad reactiva y salud y una escala de calificación relativa para indicar la severidad del riesgo para cada una. El comité propuso que la información sobre el riesgo debía presentarse por medios simples: rojo para inflamabilidad, amarillo para estabilidad y azul para salud; e inicialmente propuso una banda, círculo o figura geométrica de color en la que cada categoría de riesgo tendría su propio color. El comité presentó una actualización adicional sobre su trabajo durante la Reunión Anual de 1958 y resumió sus objetivos para el proyecto. “El comité espera poder redactar un método de identificación de riesgos de incendio de todos los tipos de materiales que sea tan útil como para que no solo otros comités de la NFPA sino otros organismos interesados en la seguridad encuentren un método de identificación tan ventajoso que tenga aceptación mundial”, escribió J.S. Queener, presidente del comité, en NFPA Quarterly en 1958.

Queener había escrito anteriormente en NFPA Quarterly que “si se puede llevar a cabo la normalización debe ser un servicio real para el diseñador del proceso, grupos de transporte y almacenamiento, el suscriptor, las autoridades de inspección y protección contra incendios, y los bomberos”. Él y el comité reconocieron que utilizar medios normalizados para identificar y clasificar las propiedades de riesgo de todos los materiales sería atractivo y facilitaría la implementación real de dicho sistema dentro de las instalaciones. En 1961, la NFPA publicó la primera edición de NFPA 704M,Sistema recomendado para la identificación del riesgo de incendio de los materiales. Dos componentes importantes esenciales para el sistema son su foco sobre los riesgos inherentes de cualquier material y el énfasis sobre los riesgos agudos más que en los riesgos crónicos. Los riesgos agudos se caracterizan por una exposición única y efectos inmediatos, mientras que los riesgos crónicos requieren de exposiciones repetidas con un retraso en la aparición de los efectos. La primera edición de NFPA 704 también presentó el símbolo de etiquetado de riesgo reconocible de forma inmediata; el rombo, o más correctamente, el diseño de cuadrado en punta que se ha convertido en una de las advertencias de riesgo más reconocibles de la industria.

OSHA presentó en primer lugar los requisitos para comunicaciones de riesgo en 1983, incluidos la identificación del riesgo en forma de planilla de datos y etiquetado de seguridad del material, un listado de químicos, y capacitación de los trabajadores. La HazCom se diferenciaba de NFPA 704 en sus disposiciones que abordaban una amplia gama de riesgos en lugares de trabajo, tanto agudos como crónicos, a diferencia de los riesgos agudos relacionados con la respuesta a la emergencia abordados por NFPA 704. El sistema de la NFPA tiene una aplicación mucho más amplia como recurso de información química peligrosa que lo que se había pensado originalmente. Gran parte de este aumento en el uso se presentó durante los 30 años que siguieron a la publicación de la norma de HCS original por OSHA en 1983. Desde entonces, los empleadores han utilizado el sistema de NFPA 704 en gran medida en sus esfuerzos por cumplir con los requisitos de la HCS para la educación de los empleados. Ya que el sistema de NFPA 704 limita su aplicación a riesgos agudos, no sería suficiente cumplir con los requisitos de la HCS sin algo de acrecentamiento. OSHA reconoció que los empleadores podían utilizar el sistema de NFPA 704 como un recurso de cumplimiento con la HazCom, siempre que sus programas abordaran las diferencias entre los sistemas y que los empleados recibieran una capacitación sobre dichas diferencias.

En la década del 80, las Naciones Unidas comenzaron a debatir sobre la creación de un nuevo “sistema globalmente armonizado”, un sistema único para evaluar e identificar riesgos químicos que sería adoptado y utilizado para proteger a los trabajadores y al medioambiente en todo el mundo. OSHA representó a los Estados Unidos durante estas negociaciones. El resultado fue un conjunto de lineamientos descritos en el documento de N.U. “Sistema globalmente armonizado para la clasificación y etiquetado de productos químicos”, comúnmente denominado El libro Púrpura (The Purple Book), publicado en 2005 y disponible en línea en unece.org. Las nuevas pautas brindaron criterios para la clasificación de sustancias según riesgos físicos, de salud y ambientales, así como los elementos de comunicación del riesgo, incluidas las hojas de datos de etiquetado y de seguridad. Ya que OSHA representó a los EE. UU. en el foro internacional, propuso presentar los nuevos lineamientos a través de modificaciones que se hicieron el año pasado en su documento HazCom.

Superposición y conflicto
Los diversos y a veces conflictivos requisitos nacionales e internacionales pueden crear una confusión entre quienes buscan utilizar la información de riesgo de manera efectiva, y la publicación de la HazCom 2012 creó preocupación y confusión con respecto a diferentes aspectos clave de los requisitos para comunicaciones de riesgo. Ya que NFPA 704 había sido previamente aceptada como un recurso para el cumplimiento de la HazCom, no les quedó claro a los empleadores si esto continuaría con la reglamentación actualizada, y así fue. Quienes elaboraron y utilizaron las hojas de datos de seguridad del material se preguntaron si la clasificación de riesgo de NFPA 704 aún se incluiría, ahora que la HazCom 2012 ha adoptado el formato y contenido más prescriptivo ofrecido por la adopción del GHS, y así fue.

Un área importante de inquietud fue la de los valores numéricos de la categoría de riesgo del GHS, que se encuentran invertidos en comparación con la clasificación de riesgo de NFPA 704. Un material con una clasificación de riesgo para la salud de NFPA 704 de 3 ó 4 representa características serias o severas de riesgo para la salud; la calificación más severa en el sistema del GHS es 1, con los valores 3 ó 4 que representan riesgos moderados a menores. Podrían surgir problemas si los usuarios no son conscientes de la fuente de una calificación en particular y toman una decisión incorrecta en base a su comprensión del valor numérico. Además, los umbrales de los criterios de riesgo para la salud del GHS utilizan diferentes criterios de valoración que aquellos en NFPA 704. Esto genera que algunos de los materiales evaluados que utilizan un GHS den como resultado una categoría de salud peligrosa inferior a aquellos resultados obtenidos para el mismo material utilizando los criterios de NFPA 704.

Para abordar estos temas y otros, OSHA y la NFPA han trabajado de forma conjunta para desarrollar estrategias para la comunicación, alcance y capacitación. Durante el desarrollo de la edición actual de NFPA 704, el Comité sobre Clasificación y Propiedades de datos químicos peligrosos consideró las implicancias de la reglamentación de la HCS pendiente y la inclusión de los requisitos del GHS. Sin un panorama claro de cómo podría ser la regla final, no obstante, el comité eligió no tomar ninguna acción como parte de dicha revisión. Cuando OSHA anunció que los requisitos del GHS nuevos se habían convertido en parte de este documento de HazCom, el comité determinó grupos de tarea para considerar el impacto que tendría la nueva HazCom sobre NFPA 704. Se identificaron los valores numéricos de la categoría de riesgo y los umbrales de criterios de riesgo para la salud como los temas que más posiblemente requerirían atención y guía inmediata.

Al trabajar con miembros del comité de la NFPA, el personal de la NFPA desarrolló una respuesta estándar, disponible a través de un servicio de asesoramiento, que aborda las preguntas sobre el estado de NFPA 704 y el impacto de la HCS y el GHS. Al mismo tiempo, OSHA, la NFPA y los miembros del comité técnico han colaborado con una herramienta de comunicación para guiar a los usuarios de la 704, HCS y GHS durante este período de implementación. Un grupo de trabajo de difusión ha elaborado una tarjeta de referencia que muestra la HazCom 2012 con los elementos del GHS codo a codo con aquellos de NFPA 704. La tarjeta de referencia será distribuida a los usuarios por la NFPA y OSHA en sus respectivas páginas Web.

Un resultado de esta colaboración es que OSHA no ve ninguna razón para que deba revisarse NFPA 704 a fin de coincidir con la numeración de las categorías del GHS. Aún está permitida la clasificación de NFPA 704 para su inclusión en la hoja de datos de seguridad, y los empleadores pueden continuar utilizando NFPA 704 como parte de un programa de comunicaciones de riesgo, siempre que los aspectos requeridos por el HCS que no estuvieran cubiertos por NFPA 704 estén abordados de forma independiente. Ya que el comité incluye la representación del personal de OSHA, las revisiones futuras de NFPA 704 se podrían beneficiar de la colaboración continua determinada durante el período de implementación de la HCS inicial.

El cumplimiento con la HazCom 2012 se introducirá paulatinamente durante los próximos años, alcanzando un cumplimiento pleno programado para 2016. Se determinó una fecha de cumplimiento temprana para la capacitación del trabajador, que debe cumplirse para diciembre de 2013. La colaboración de OSHA y NFPA consideró esta fecha de cumplimiento inicial en su respuesta para crear recursos de información y herramientas de capacitación, tales como la tarjeta de referencia.

Luego de esto, la NFPA planea monitorear la eficacia de este enfoque a través de una devolución obtenida del personal de emergencia, a través de consultas al servicio de asesoramiento sobre NFPA 704, y a través de la opinión pública presentada durante el próximo ciclo de revisión de NFPA 704. Como parte de ese ciclo, el comité técnico realizará una evaluación adicional de los umbrales de los criterios de riesgo para la salud y del nivel de clasificación en comparación con aquellos en el GHS. Ya que la industria contará al menos con algo de experiencia sobre las disposiciones del GHS para ese entonces, se espera que el comité técnico pueda reconsiderar los criterios de riesgo para la salud de NFPA 704 para validar las bases para el uso continuo o para hacer cualquier cambio necesario.

Hasta ahora, NFPA y OSHA están trabajando para asegurar que los dos sistemas puedan trabajar de forma conjunta y eficaz sin un cambio significativo. Mirando hacia el futuro, la experiencia de una implementación plena del sistema GHS puede demostrar la necesidad de realizar cambios leves en el sistema de la NFPA, pero sin esperar que éste quede alguna vez eliminado.

Guy R. Colonna, P.E., es gerente de división, Ingeniería industrial y química en la NFPA.


DOS ENFOQUES, UN RIESGO

La epiclorhidrina compuesta es utilizada en diferentes industrias para la producción de glicerol, plásticos, pegamentos y resinas epoxidicas, y elastómeros. Es altamente reactiva y presenta un riesgo importante para la salud.

La etiqueta de clasificación de riesgo de NFPA 704 para la epiclorhidrina, a su izquierda, incluye un "4" para el riesgo de salud azul, la clasificación más alta, lo que significa que el riesgo puede ser mortal. El riesgo de inflamabilidad rojo es un “3”, lo que significa que puede encenderse casi a temperatura ambiente. El riesgo de inestabilidad amarillo se clasifica como un “2”, lo que significa que es posible observar un cambio químico violento a temperaturas o presiones elevadas. El espacio de riesgo especial blanco está vacío ya que el compuesto no presenta un peligro especial.


La norma sobre etiquetado de riesgo del GHS de las N.U. adoptada por OSHA tiene un enfoque diferente. Cada etiqueta requiere, 1) un identificador y código del producto, en este caso el nombre del compuesto y su número en código; 2) una palabra de señalización ya sea peligro o advertencia; 3) pictogramas que describan riesgos asociados, en este caso, en el sentido de las agujas del reloj desde arriba, inflamable, tóxico si se ingiere, quemaduras de piel y daño ocular, puede provocar cáncer; 4) un listado por escrito de los riesgos asociados; 5) declaraciones preventivas relacionadas con el riesgo; y 6) información del proveedor. Los pictogramas no incluyen clasificaciones de riesgo numeradas, pero la información de apoyo en las hojas de datos de seguridad incluye clasificaciones numéricas, que están organizadas con un “1” para el nivel de riesgo más serio; el opuesto a la escala de clasificación de riesgo en NFPA 704 y una fuente de potencial confusión para los usuarios.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #48

EXTINTORES PORTÁTILES 

Applications and Advantages of CO2 Fire Extinguishers


Applications and advantages of Dry Powder Fire Extinguishers


Applications of Water and Water Additive Fire Extinguishers


Applications and Advantages of Foam Fire Extinguishers


Applications and Advantages of Wet Chemical Fire Extinguishers


martes, 3 de septiembre de 2013

@TecniTipsGANB #47

RetrotecTraining's Parte 4


Level 2 Training - Part 10 Automatic Control




Level 2 Training - Part 11 DM2 Results